Seguramente te habrás planteado alguna vez si donar tus bienes en vida o mediante testamento, es decir, mediante una herencia.
La principal diferencia entre ambos términos es esa, las donaciones se hacen en vida y las herencias son una vez fallezca la persona emisora de los bienes.
Esto es un dilema muy normal, sobre todo, cuando posees un patrimonio y llegas a cierta edad.
¿Pero a nivel fiscal es lo mismo? ¿Vamos a pagar igual por donar unos bienes que por dejarlos en herencia?
En Ábogados Águilas queremos darte la mejor información, así que vamos a analizar ambos conceptos.
Herencia.
La principal característica de la herencia es que es necesario que la persona fallezca para poder recibir ese patrimonio.
Por lo tanto, si no hay una necesidad urgente de recibir esos bienes, suele ser una mejor opción optar por hacer un testamente y que el reparto de bienes se haga vía herencias.
La principal ventaja es que el testador, es decir, la persona que posee los bienes y quiere traspasarlos, no tendrá que hacer frente a ninguna clase de impuestos, cosa que sí ocurriría en el caso de las donaciones.
Para resolver tus dudas, es mejor que contactes con nuestros abogados de herencias en Águilas y te asesoraremos.
Donación.
Al contrario que la herencia, esta puede efectuarse y surtir efecto durante cualquier momento de la vida del donante.
La definición de donación es la acción de dar de forma voluntaria un bien o una cantidad económica a unas personas de su elección, sin recibir nada a cambio.
Por lo tanto, normalmente se usa la donación cuando se quiere, de forma inmediata, normalmente por alguna necesidad económica, proporcionar una ayuda económica o inmueble.
¿Resulta más barato heredar que donar?
En España, esta pregunta tiene difícil respuesta. Los impuestos de sucesiones y donaciones no son equivalentes en todas las comunidades autónomas.
Por norma general, resulta más barato heredar que donar, pero las donaciones nos permiten cierta flexibilidad. Esta flexibilidad se ve reflejada en la posibilidad de imponer unas condiciones a esas donaciones o de poder llevarlas a cabo en cualquier momento de nuestra vida.
Además de, por ejemplo, poder revocar esa donación si se produce algún conflicto entre las personas implicadas que conlleve daños físicos o psicológicos.